Apertura de Cuentas Bancarias Offshore en Panamá

¿Qué tan difícil es abrir una Cuenta Bancaria en Panamá?

APERTURA DE CUENTAS BANCARIAS OFFSHORE EN PANAMA

En general, los Bancos requerirán información y referencias sobre el historial comercial y bancario del interesado y, en ocasiones, una entrevista o reunión personal con el futuro Ejecutivo de su cuenta bancaria en Panamá podría ser necesaria.

Una vez aceptada la solicitud por el Banco, se podrán realizar depósitos y retiros de fondos, ejecutar transferencias o cursar órdenes de inversiones, recibir sus chequeras, tarjetas de crédito, etc. Con esto, nuestra tarea quedaría culminada, no teniendo relación alguna con el movimiento de la cuenta o con las transacciones que se realicen en ella, por razones de discreción y confidencialidad.

En la Firma de Abogados CORBETTI LAWYERS & INVESTMENT FIRM le ayudamos en el proceso de Apertura de Cuentas Bancarias en entidades de reconocido prestigio, brindándoles el servicio de preparar toda la documentación necesaria, como es el caso de las solicitudes de apertura de cuenta bancaria, en la redacción u obtención de los documentos legales requeridos, legalizaciones de las Actas de Corporaciones o Sociedades Offshore que nosotros administremos, guiándoles durante el proceso. Los trámites pueden realizarse desde el extranjero.

Somos una Firma de Abogados (enlace externo) proveedora de Servicios Legales para los negocios.
Estamos debidamente regulados y supervisados, por lo que garantizamos la seriedad y eficiencia de nuestros servicios, conforme a las razonables expectativas de nuestros clientes y las verdaderas posibilidades de ejecutar y cumplir con el mandato que los clientes inversionistas nos confían.

Cabe destacar que Panamá es conocido por su Centro de Servicios Offshore, destacándose el Centro Bancario Internacional, que permite la apertura de una Cuenta Bancaria Extranjera o local, herramienta indispensable para realizar operaciones financieras en una estructura offshore de planeamiento fiscal o de Protección de ActivosProtección de Activos, en conjunto con las Corporaciones Offshore, las Fundaciones de Interés Privado y los Fideicomisos.

Requisitos para la Apertura de Cuentas Bancarias Offshore en Panamá

Nuestra Firma (enlace externo) trabaja con las más prestigiosas Instituciones Bancarias (Banistmo, Banvivienda, Balboa Bank & Trust, Banisi, Banesco, Credit Suisse, Andbank, UBS, Capital Bank, FPB Bank, entre otros) del país, los cuales requieren de los clientes para la apertura de cuentas, bajo la protección que ofrece el secreto bancario, que sean cumplidos los siguientes requisitos:

  1. Dos (2) cartas de referencias bancarias del director, accionista, representante legal o apoderado de la Sociedad y de las personas con derecho a firma en la cuenta.
  2. Una (1) carta de referencia comercial o profesional, del director, accionista, representante legal o apoderado de la Sociedad y de las personas con derecho a firma en la cuenta.
  3. Copia del pasaporte
  4. Copia de una segunda identificación ((cédula, licencia o permiso de conducir, carné de seguro social o similar)
  5. Prueba de domicilio (copia de una factura de electricidad, agua o teléfono)
  6. Información sobre origen y uso de los fondos
  7. Firma de formularios adicionales que requiera el Banco (contratos bancarios, autorizaciones, etc.)
  8. Declaración jurada sobre licitud de los fondos
  9. Curriculum Vitae del cliente

Los bancos se reservan el derecho a solicitar documentación o información suplementaria, tales como copia de las declaraciones de renta, estados de cuenta, balances contables certificados, etc.

Información Importante sobre Apertura de Cuentas Bancarias Offshore en Panamá

Los Bancos toman un mínimo de 3 a 4 semanas, dependiendo de la jurisdicción, de la complejidad de las transacciones vinculadas al origen y uso de los fondos y de la cantidad de firmantes en las cuentas.

Hacemos énfasis en que la Apertura de Cuentas Bancarias en Panamá es Altamente Complicada, difícil y exigente y que demora no menos de 4 semanas desde el momento en que se entrega toda la documentación.

Por ello sugerimos planificar adecuadamente su Estrategia de Negocio (enlace externo) con el tiempo suficiente para que ésta no se vea afectada por el tiempo que tome el trámite.

De igual manera recomendamos tener siempre en cuenta la posibilidad de mirar otras opciones que les podemos ofrecer y tramitar.

APERTURA DE CUENTAS BANCARIAS OFFSHORE EN PANAMA

La Apertura de Cuentas Personales no son recomendadas para fines de Planificación Tributaria Internacional ni para Gestión Comercial.

Nuestra oficina (enlace externo) es capaz de ofrecerle diversas opciones y soluciones, según sus necesidades, por lo que el Cliente Inversionista debe considerar que no solamente la Apertura de una Cuenta Bancaria es la solución, también existen los Operadores de Pago que facilitan la Operación Comercial velozmente.

Se debe considerar también que las Operaciones y Fondos provenientes de fuente Exclusivamente Extranjeras están completamente exentas de impuestos en la República de Panamá y en las Diversas Jurisdicciones Diversas Jurisdicciones Diversas Jurisdicciones con las que trabajamos, debido as que mantienen un Sistema Fiscal Territorial y solamente requieren el pago de impuestos por operaciones locales realizadas en sus respectivos territorios.

En caso que el uso sea para transacciones comerciales o recibo de comisiones o pagos, la cuenta deberá ser Comercial a nombre de una Persona Jurídica.

Si escoge a Panamá como jurisdicción deberá viajar como requisito previo a la apertura.

Si escoge como jurisdicción cualquier otra diferente a la panameña, tal requisito de entrevista previa no es aplicable.

Una Cotización Final le será enviada una vez que nos haga llegar los formularios que le remitiremos cuando nos haya contactado y explicado sus necesidades.

Para definir el tipo de cuenta y banco, le agradeceremos que nos indique:

  1. ¿Es una cuenta a nombre de Persona Jurídica (offshore) o Natural?
  2. ¿Viajará a Panamá para la entrevista personal? o ¿desea hacer la apertura desde su domicilio? (solo para jurisdicciones diferentes a la panameña)
  3. Perfil de movimientos de la cuenta
  4. Montos mensuales o anuales que manejará
  5. Origen de los fondos
  6. Objetivo de la apertura de la cuenta
  7. Jurisdicción solicitada: Antigua & Barbuda, Panamá, Cayman, Santa Lucía, Belice, San Vicente y Las Granadinas, Andorra, Suiza, otra

Con esta información le podremos orientar mejor.

Así mismo, deberá indicarnos cuál será el perfil de movimientos de la cuenta, el origen de los fondos y las razones para la apertura y si la misma se hará a nombre de una Sociedad Offshore Panameña o de alguna otra persona natural o jurídica.

El monto mínimo dependerá del banco y de la jurisdicción solicitada, pero puede ser de USD 1,000.00 ó de USD 5,000.00, según el perfil de la cuenta, el uso que ustedes le vayan a dar y el banco que se adapte a sus necesidades.

Nuestros servicios consisten en la representación, asesoría, trámite, recomendación y seguimiento, a fin de lograr la apertura de la cuenta, obligándonos a realizar nuestro mejor esfuerzo para lograr la apertura de la dicha cuenta, la cual dependerá exclusivamente del cumplimiento de los requisitos exigidos por los bancos y de las políticas bancarias que dichos bancos apliquen.

Apertura de Cuentas Bancarias Offshore en otros países

APERTURA DE CUENTAS BANCARIAS EN OTROS PAISES

Nuestra oficina (enlace externo) también ofrece el servicio de apertura de cuentas bancarias desde la República de Panamá, para cuando el cliente no puede viajar o si simplemente desea que el trámite de la apertura de la cuenta se realice sin que tenga que desplazarse, es decir, desde el extranjero.

En este caso, la apertura la podríamos realizar en Panamá, solamente cuando se trate de Cuentas de Inversión en el Mercado de ValoresCuentas de Inversión en el Mercado de Valores (enlace externo), nacional o internacional, o bien, en otras jurisdicciones, tales como Antigua & Barbuda, Cayman, Santa Lucía, Belice, San Vicente y Las Granadinas, Andorra, Suiza, Otras.

A diferencia de los bancos del Centro bancario panameño, los bancos de otra jurisdicción no requieren de una entrevista personal, física, sino más bien, el cumplimiento de todos los requisitos exigidos por el banco para conocer al cliente, la proveniencia y origen de los fondos, montos estimados y perfil de movimientos del cliente, en cumplimiento de las políticas de Conozca a su Cliente que también se ejecuta en Panamá.

Otra característica de la apertura de cuentas en otras jurisdicciones es su mayor rapidez, en comparación con el tiempo que se toma el mismo trámite en Panamá o en otros Centros Bancarios.

Finalmente, siendo bancos más flexibles, desde el punto de vista de las operaciones comerciales admisibles, muchos de nuestros clientes prefieren jurisdicciones como la de Antigua & Barbuda, tomando en cuenta la versatilidad y la receptividad, pero siempre bajos los principios que gobiernan la lucha contra el blanqueo de capitales, el lavado de activos y contra el financiamiento del terrorismo.

Cabe destacar, contrario a la connotación que del Caribe se deriva, que los bancos con los que trabajamos se encuentran debidamente regulados, son serios y se adhieren a las supervisiones y regulaciones emitidos por las autoridades competentes, están debidamente auditados y brindan servicios serios y alta calidad.

Requisitos para la Apertura de Cuentas Bancarias Offshore en otros países

Nuestra Firma (enlace externo) trabaja con las más prestigiosas Instituciones Bancarias del Caribe y de otras jurisdicciones (Global Bank of Commerce, Cayman Bank, Loyal Bank, Boslil, Andbank, Credit Andorra, Julius Baer, otros), los cuales requieren de los clientes para la apertura de cuentas, bajo la protección que ofrece el secreto bancario, que sean cumplidos los siguientes requisitos:

  1. Una (1) carta de referencia bancaria del director, accionista, representante legal o apoderado de la Sociedad y de las personas con derecho a firma en la cuenta.
  2. Una (1) carta de referencia comercial o profesional, del director, accionista, representante legal o apoderado de la Sociedad y de las personas con derecho a firma en la cuenta.
  3. Copia del pasaporte.
  4. Copia de una segunda identificación ((cédula, licencia o permiso de conducir, carné de seguro social o similar).
  5. Prueba de domicilio (copia de una factura de electricidad, agua o teléfono).
  6. Información sobre origen y uso de los fondos.
  7. Firma de formularios adicionales que requiera el Banco (contratos bancarios, autorizaciones, etc.).
  8. Declaración jurada sobre licitud de los fondos.
  9. Curriculum Vitae del cliente.

Los bancos se reservan el derecho a solicitar documentación o información suplementaria, tales como copia de las declaraciones de renta, estados de cuenta, balances contables certificados, etc.

En todas estas jurisdicciones, se aplican los mismos principios de conozca a su cliente y de lucha contra el blanqueo de capitales y lucha contra el financiamiento del terrorismo, por lo que proporcionar información es una obligación ineludible.

La seriedad de los bancos con los que trabajamos, tanto en Panamá, como en el Caribe, estando debidamente regulados y supervisados, nos permite ofrecer sus servicios, teniendo la certeza que prestarán un buen servicio a nuestra clientela.